Un miembro de la Corte de Justicia se inhibió en la causa de Lucía Rubiño por un curioso motivo


Después de que se dictara el sobreseimiento de Juan Pablo Echegaray en la causa que investiga la muerte de Lucía Rubiño, el expediente que tiene al menor en el centro de las miradas presentó novedad con la inhibición de uno de los miembros de la Corte de Justicia. Es que la defensa de N.M cuestionó fuertemente la imputación contra el chico, procesado por homicidio con dolo eventual, y el planteo llegó al máximo tribunal que se debe expedir por ello.

Sin embargo, la historia aún no se resolvió porque uno de los integrantes de la sala que tenía que intervenir se abstuvo a participar por mantener una relación cercana con el defensor, Nasser Uzair. Se trata de Daniel Olivares Yapur, según confirmaron fuentes judiciales, quien argumentó que tiene un vínculo particular con el abogado, que lo asesora y representa en diversas cuestiones civiles desde hace años.

De no haber accionado de tal manera, ese hecho resultaría una grave lesión al Código de Ética por el que se rigen todos los actores del Poder Judicial y de la justicia sanjuanina, en general. A fin de evitar suspicacias o de no infringir las leyes establecidas de imparcialidad de juez, entre otras, Olivares Yapur se hizo a un costado y en su lugar asumió Marcelo Lima.

El cortista sustituto, junto a Juan José Victoria y Guillermo De Sanctis, tendrá que definir si le da entidad a la imputación establecida, primero, por la jueza María Julia Camus y, luego, respaldada por el Tribunal de Impugnación. O bien, si dispone que quien lleva la razón es Uzair, quien ha calificado el encuadre legal como “una barbaridad”.

A su criterio, la imputación más acertada para el menor -que ya cumplió la mayoría de edad, pero que no puede ser identificado porque las leyes así lo exigen- sería la de homicidio culposo. Para el defensor, el homicidio con dolo eventual resulta una exageración por el castigo que representa, dado que el Código Penal Argentino prevé una pena de 8 a 20 años de prisión, mientras que el homicidio culposo -en el artículo 84 bis- establece penas que van de los 2 a lo 5 años de prisión.

“La vía recursiva no es para tratar de lograr impunidad, es para que se apliquen los remedios procesales y que mi defendido llegue a un juicio justo y acorde a la calificación legal de su conducta y no una calificación como, arbitrariamente y sin ninguna prueba, endilgó la jueza”, manifestó semanas atrás Uzair y agregó: “La idea es que el día del juicio, M sea juzgado y, en caso de ser condenado, que sea justamente, sin violentar las garantías constitucionales”.

Esta será la primera intervención de la Corte de Justicia en el caso de Lucía Rubiño, puesto que el otro planteo que hizo la defensa del menor procesado aún se encuentra en el Tribunal de Impugnación. Esa queja, que debe ser resuelta por dicha autoridad, está relacionada con un detalle técnico que habría pasado inadvertido por la jueza Camus. De no resultar avalado por el tribunal, Uzair también podría recurrir a la Corte.

Por otra parte, la causa que cursa en el Sistema Acusatorio y que tenía al hijo del juez federal en la mira por homicidio culposo, que fue desvinculado dos semanas atrás, también podría llegar a instancias de la Corte, si las apelaciones avanzan. La querella, representada por Marcelo Fernández, anticipó que irán a Impugnación y luego a la Corte, de ser necesario.

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