ARCA reglamentó el procedimiento para importar sin aranceles autos eléctricos e híbridos


La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) reglamentó el mecanismo para la importación sin aranceles de vehículos eléctricos, híbridos y a hidrógeno.

El organismo dictó la Resolución General 5691/2025, publicada este viernes 9 de mayo en el Boletín Oficial, que implementa el procedimiento para la compra de autos importados de acuerdo al Decreto 49/2025 y la Resolución N.o 29 de la Secretaría de Industria y Comercio.

El mismo establece que el régimen tendrá una vigencia de cinco años y regirá para la adquisición de automóviles cuyo valor Free On Board (FOB) -es decir, sin contar el costo del flete- no supere los 16.000 dólares.

Para esos casos, se elimina el Derecho de Importación Extrazona (DIE) vigente, que era del 35%.

Cupo anual y dónde tramitar la solicitud para la importación de vehículos eléctricos

La resolución explica que el cupo anual tiene un máximo de 50.000 unidades, lo que representa el 20% de las ventas anuales de autos livianos en el país. La asignación se hará según la fecha de nacionalización y el menor precio ofrecido.

El mismo se dividirá en dos: 25.000 vehículos para empresas con terminales de fabricación local y 25.000 para personas físicas o jurídicas que requieran importar vehículos híbridos, eléctricos y a celdas de combustible (hidrógeno) para su comercialización con carácter de proveedores.

Para acceder a los cupos, las empresas deben tramitar la solicitud a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (VUCEA) y el sistema online de Trámites a Distancia (TAD).

Un trámite digital y 5 puntos fundamentales para importar autos eléctricos

El procedimiento se encuentra detallado en el anexo de la resolución y el manual de usuario publicado en la web oficial de ARCA y que se consigna a continuación.

El procedimiento, validado electrónicamente a través del Sistema Informático MALVINA (SIM), está detallado en el anexo técnico de la resolución, así como en el manual de usuario disponible en el sitio web oficial de ARCA y estipula:

1. Para la importación de vehículos eléctricos, híbridos o a hidrógeno el declarante deberá contar con el acto administrativo emitido por la Dirección Nacional de Gestión de Política Industrial.

2. Para su validación en el Sistema Informático MALVINA (SIM) el declarante deberá invocar el código de ventaja “DTO49/25VEHIELEC” e indicar el número del acto administrativo que otorgue el cupo como información de referencia en el Código de Documento “LPCOVUCE0024”.

3. Una vez realizados los controles y validaciones informáticas, de no existir inconsistencias, se permitirá la oficialización de la declaración aduanera. En caso de existir inconsistencias, el Sistema Informático MALVINA (SIM) imposibilitará la oficialización de la declaración aduanera e informará al declarante los motivos a los fines de su subsanación.

4. Solamente podrá comprometerse un acto administrativo por ítem de la mencionada destinación, tanto sea que cubra en forma total o parcial la cantidad de bienes autorizados. En el supuesto de ser necesario la utilización de otro acto administrativo en la misma destinación aduanera deberá declararse como un nuevo ítem.

5. En caso de existir fallas en la comunicación entre los organismos que impidan la transmisión de datos en tiempo y forma u otras fallas de índole informática, ajenas al declarante, que imposibiliten llevar a cabo la validación automática, deberá seguirse el plan de contingencia establecido en el apartado C) del Anexo de la Resolución General N° 5.384.

lr/fl

ULTIMAS NOTICIAS