Un sanjuanino que en agosto de 2025 fue condenado por dos hechos de amenazas y desobediencia a una orden judicial obtuvo una reducción de pena. Un juez de impugnación revisó la sentencia de primera instancia y lo absolvió en uno de los hechos, con lo que ajustó el castigo y lo dejó en 1 año de prisión de cumplimiento condicional.
El sujeto condenado, ahora beneficiado parcialmente, es Daniel Alejandro Cortez. El caso se remonta a mayo de 2024, cuando fue denunciado por su expareja –de nacionalidad venezolana- por haberla amenazado durante una discusión ocurrida en la vivienda que compartían. Según la acusación fiscal, en aquella ocasión le dijo: “Cuidate porque vas a amanecer con la boca llena de moscas”. Posteriormente, el 19 de enero de 2025, fue denunciado nuevamente por perseguirla en motocicleta, insultarla, amenazarla e incumplir una prohibición de acercamiento que pesaba sobre él, según la causa.
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La abogada María Filomena Noriega, la defensora, y el fiscal Mario Panetta, quien intervino en una de las causas.
Por esos hechos, el 4 de agosto de 2025 el juez Roberto Montilla lo condenó por dos hechos de amenazas simples y desobediencia a una orden judicial, imponiéndole una pena de 1 año y 6 meses de prisión de cumplimiento condicional. El magistrado entendió que estaban acreditadas las intimidaciones denunciadas y que Cortez había violado una medida judicial que le impedía acercarse a la mujer.
La sentencia fue apelada por la abogada defensora María Filomena Noriega, quien cuestionó la valoración de las pruebas y sostuvo que no existían elementos suficientes para acreditar algunos de los hechos atribuidos a su cliente. El planteo llegó al Tribunal de Impugnación, donde intervino el juez Juan Carlos Caballero Vidal.
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El juez de impugnación Juan Carlos Caballero Vidal.
Tras revisar las declaraciones testimoniales y los fundamentos del fallo, Caballero Vidal concluyó que no existía certeza suficiente para sostener la acusación por la amenaza del 6 de mayo de 2024. Entre otros puntos, observó que la Fiscalía no citó a declarar a los policías que habrían presenciado el episodio y consideró que la frase atribuida a Cortez era ambigua para encuadrarla como una amenaza penal. Por ello lo absolvió por ese hecho, aunque confirmó la condena por la amenaza y la desobediencia ocurridas en enero de 2025, reduciendo la pena a 1 año de prisión de cumplimiento condicional.
Cortez también afrontó una tercera causa penal iniciada en agosto de 2025, cuando su expareja denunció haber recibido en su lugar de trabajo un paquete con una bala calibre 9 milímetros y un mensaje intimidatorio que decía: “Venezolana, te llegó la hora”. Por ese expediente fue imputado por amenazas y permaneció detenido de manera preventiva durante 20 días, mientras la investigación se prorrogó durante varios meses. Sin embargo, según fuentes judiciales, esa causa posteriormente fue desestimada y no prosperó una acusación formal en su contra.


